Para cumplir los requisitos de este programa de beneficios, usted debe:
- Tener al menos 50 años de edad, pero no más de 60.
- Haber estado casado con el cónyuge fallecido por más de 9 meses inmediatamente antes del día que falleció el cónyuge, a menos que aplique una excepción.
- No estar casado, a menos que el matrimonio pueda ser descartado.
- No recibir un beneficio de jubilación del Seguro Social igual o superior basado en su propio trabajo.
De acuerdo con la información que nos proporcionó, actualmente recibe beneficios basados en el registro de trabajo de su cónyuge fallecido. También indicó que estuvo casado(a) por lo menos 9 meses con más de un cónyuge anterior que falleció. Es posible que pueda obtener un beneficio más alto en el registro del otro cónyuge si su otro excónyuge tenía suficientes créditos laborales, cumple con las normas médicas para los beneficios por discapacidad y no obtiene un beneficio mayor en su propio registro laboral.
Para encontrar más sobre cómo el Seguro Social decide si usted está incapacitado, visite la página de Publicaciones y revise "Incapacidad", Publicación del Seguro Social Número 05-10929.