Para ser elegible para este programa de beneficios, usted debe cumplir los siguientes requisitos:
- Tener al menos 60 años.
- Ser viudo o viuda de un trabajador completamente asegurado.
- Cumplir el requisito de duración del matrimonio.
- No estar casado, a menos que dicho matrimonio pueda descartarse.
- No tener derecho a beneficios de jubilación del Seguro Social superiores o equivalentes con base en su propio trabajo.
De acuerdo con la información que proporcionó acerca de su edad, estado civil actual y duración de su matrimonio con el cónyuge fallecido, usted podría obtener beneficios del Seguro Social para viudos(as) si actualmente no recibe un beneficio superior de acuerdo con su propio historial de trabajo y su ex cónyuge obtuvo suficientes créditos laborales.
NOTA: Si usted recibe (o recibirá) una pensión por su trabajo con un empleador que no retuvo impuestos para el Seguro Social, como una agencia de Gobierno o un empleador en otro país, sus beneficios del Seguro Social podrían reducirse. Visite la Página de Publicaciones de la SSA y consulte la Publicación del Seguro Social Número 05-10907, Ajuste por pensión del gobierno, y la Publicación del Seguro Social Número 05-10945, Eliminación de Ventaja Imprevista.