Para ser elegible para este programa de beneficios, usted debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener al menos 60 años.
- Estar divorciado del trabajador fallecido.
- Haber estado casado con el trabajador fallecido por al menos 10 años.
- No tener derecho a beneficios del Seguro Social superiores o equivalentes con base en su propio historial de trabajo.
- No estar casado (a menos que aplique alguna excepción).
De acuerdo con la información que proporcionó sobre su edad, estado civil actual y duración de su matrimonio con el cónyuge fallecido, usted podría recibir beneficios del Seguro Social para el cónyuge divorciado sobreviviente si su ex cónyuge obtuvo suficientes créditos laborales y si actualmente no recibe beneficios superiores con base en su propio historial de trabajo.
NOTA: Si usted recibe (o recibirá) una pensión por su trabajo con un empleador que no retuvo impuestos para el Seguro Social, como una agencia de Gobierno o un empleador en otro país, sus beneficios del Seguro Social podrían reducirse. Visite la Página de Publicaciones de la SSA y consulte la Publicación del Seguro Social Número 05-10907, Ajuste por pensión del gobierno, y la Publicación del Seguro Social Número 05-10945, Eliminación de Ventaja Imprevista.