Para ser elegible para este programa de beneficios, usted debe cumplir los siguientes requisitos:
- Tener al menos 60 años.
- Ser viudo o viuda de un trabajador completamente asegurado.
- Cumplir el requisito de duración del matrimonio.
- No estar casado, a menos que dicho matrimonio pueda descartarse.
- No tener derecho a beneficios de jubilación del Seguro Social superiores o equivalentes con base en su propio trabajo.
De acuerdo con la información que proporcionó sobre su edad, su estado civil actual y la duración de su matrimonio con el cónyuge fallecido, usted podría recibir los beneficios del Seguro Social para viudos(as) a partir de los 60 años si su ex cónyuge tenía suficientes créditos laborales y si no recibe un beneficio mayor con base en su propio historial de trabajo.
NOTA: Si usted recibe (o recibirá) una pensión por su trabajo con un empleador que no retuvo impuestos para el Seguro Social, como una agencia de Gobierno o un empleador en otro país, sus beneficios del Seguro Social podrían reducirse. Visite la Página de Publicaciones de la SSA y consulte la Publicación del Seguro Social Número 05-10907, Ajuste por pensión del gobierno, y la Publicación del Seguro Social Número 05-10945, Eliminación de Ventaja Imprevista.