Para ser elegible para este programa de beneficios, usted debe cumplir los siguientes requisitos:
- Tener al menos 60 años.
- Ser viudo o viuda de un trabajador completamente asegurado.
- Cumplir el requisito de duración del matrimonio.
- No estar casado, a menos que dicho matrimonio pueda descartarse.
- No tener derecho a beneficios de jubilación del Seguro Social superiores o equivalentes con base en su propio trabajo.
De acuerdo con la información que proporcionó, usted recibe actualmente beneficios con base en el historial de trabajo de un ex cónyuge. También señaló que estuvo casado(a) por al menos nueve meses con más de un cónyuge. Usted podría recibir un beneficio mayor de acuerdo con el historial del otro cónyuge.
NOTA: Si usted recibe (o recibirá) una pensión por su trabajo con un empleador que no retuvo impuestos para el Seguro Social, como una agencia de Gobierno o un empleador en otro país, sus beneficios del Seguro Social podrían reducirse. Visite la Página de Publicaciones de la SSA y consulte la Publicación del Seguro Social Número 05-10907, Ajuste por pensión del gobierno, y la Publicación del Seguro Social Número 05-10945, Eliminación de Ventaja Imprevista.